abril 20, 2024
Ciudad

Acerca de la ciudad deportiva de Boca, IRSA, Larreta y un negocio de mil millones de dólares

Por María Eva Koutsovitis y Jonatan Baldiviezo

La historia del predio conocido como la Ciudad Deportiva de la Boca, ubicado en plena costanera sur de la Ciudad, frente a Puerto Madero, al sur de la Reserva Ecológica y al lado del barrio popular Rodrigo Bueno, se remonta a la década del 60. En 1964 el Congreso de la Nación sancionó la Ley  16.575 que autorizó la donación con cargo al Club Atlético Boca Juniors (CABJ) de 40 hectáreas de terreno a rellenar en el Río de La Plata.

El cargo consistía en la construcción de una “Ciudad Deportiva” y la ley prohibía expresamente la venta del predio a terceros. Cómo Boca Juniors había rellenado mayor superficie que la permitida, en el año 1989 el Congreso sancionó una nueva ley, la Ley N° 23.738, que aumentó la cantidad de hectáreas donadas hasta alcanzar la superficie que había sido efectivamente rellenada. Aun cuando la obra nunca fue ejecutada, el Congreso declaró cumplido el cargo y autorizó al club a vender el predio.

En 1993 el Club Atlético Boca Juniors vendió el predio a la sociedad Santa María del Plata por 22 millones de dólares. A su vez, esta sociedad le vendió a la empresa IRSA, cuyos principales accionistas eran el magnate George Soros y Eduardo Elsztain, el predio de la ex Ciudad Deportiva (71 hectáreas) por 50 millones de dólares. De esta manera, el conjunto de la ciudadanía perdió un sector gigantesco de la Costanera Sur sin recibir nada a cambio.

Larreta entra en escena

Desde esa fecha, IRSA ha intentado la modificación de la planificación urbana para poder extender Puerto Madero hacia el sur en dichos predios. Tuvo reiterados fracasos legislativos con diversas composiciones parlamentarias. Pero Larreta, que tiene mayoría parlamentaria intervino para que avance la mega propuesta inmobiliaria. Es así que en dos semanas consiguieron los dictámenes del Ejecutivo, firmar el convenio e intentar votar el proyecto de ley en la Legislatura.

El emprendimiento inmobiliario llamado “Costa Urbana” implica la construcción de decenas de torres de 145 metros de altura. La superficie total construida alcanzará los 900.000 m2, destruyendo el actual humedal costero y al lado de uno de los humedales con mayor proyección mundial por ser sitio Ramsar (humedales de importancia internacional, reconocidos por UNESCO), la Reserva Ecológica Costanera Sur. La densidad constructiva superará a la que actualmente tiene Puerto Madero. El proyecto es la síntesis de un absurdo ambiental y social.

A contramano del mundo, la propuesta del GCBA de ocupación del borde costero,no sólo va a destruir el humedal sino que va a generar un conjunto de impactos negativos en relación a los vientos y al escurrimiento superficial y subsuperficial de las aguas.

En un tratamiento exprés el GCBA autorizó Costa Urbana con sólo un “Informe Técnico” de 19 páginas a simple faz (5 son el marco normativo, 11 con imágenes y 3 de conclusiones).

De aprobarse este convenio urbanístico el grupo IRSA ganaría más de 1000 millones de dólares, pero a Larreta y a la Legislatura se les pasó por alto convocar a audiencia pública obligatoria antes del tratamiento legislativo de este proyecto de ley por modificar sustancialmente la planificación urbana (art. 63 Constitución de la Ciudad) y realizar la Evaluación de Impacto Ambiental previa a la firma del convenio urbanístico como exige el Plan Urbano Ambiental y el Acuerdo de Escazú.

Por este motivo, el Observatorio del Derecho a la Ciudad, la Cátedra de Ingeniería Comunitaria (UBA), el IPYPP, la Defensoría de Laburantes y la CTA Autónoma de Capital, acudieron a la Justicia con una acción de amparo colectivo en defensa de la democracia participativa y ambiental.

El 24 de Julio de 2021, el Juez Scheibler, en la causa judicial caratulada “Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad y Otros c/ GCBA s/Amparo – Otros”, Expte. N° 166469-2021/0, ordenó suspender el trámite del Proyecto de Ley N° 1831-J-2021 (Costa Urbana) hasta tanto el Poder Ejecutivo acompañe las actuaciones administrativas que den cuenta del cumplimiento de las previsiones de la Ley N° 123 respecto del convenio urbanístico (Evaluación de Impacto Ambiental y Audiencia Pública Obligatoria).

Luego de recusar al siguiente juez de feria (Dr. Converset) por la muestra de una clara parcialidad en defensa del GCBA, la jueza López Vergara ordenó a la Legislatura que acredite el cumplimiento de la medida judicial, aun así, labor parlamentaria incorporó el proyecto de Costa Urbana en el temario para ser aprobado en la sesión legislativa.

Frente a este incumplimiento de la medida judicial, el juez natural de la causa, Dr. Aurelio Ammirato, decidió notificar personalmente de la orden judicial al, por entonces, presidente de la Legislatura, Diego Santilli  y al vicepresidente 1ro, Agustín Forchieri, en su calidad de máximas autoridades legislativas y responsables de que la medida judicial se respete. Ante la posible comisión del delito de violación de una sentencia judicial, decidieron reservar el proyecto de ley en secretaría hasta que se “resuelva” la cuestión judicial.

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