marzo 29, 2024
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Fue sancionada por el Senado la ley de fibrosis quística y las normas para la donación de plasma y las recetas electrónicas.

Ayer, jueves 23 de julio, el Senado aprobó la ley de Fibrosis Quística y las normas que regulan la receta médica electrónica y la donación de plasma. Se aprobaron en una única votación, con 67 votos. La ley sobre fibrosis quística, solo tuvo tres abstenciones.

La donación de plasma y las recetas electrónicas fueron tratadas durante este año en la Cámara de Diputados, como una necesidad impuesta por la emergencia sanitaria desatada por el COVID-19 este año. Obtuvieron la media sanción de la Cámara Baja y de esta forma pasaron a la instancia del Senado que lo resolvió favorablemente en la sesión de ayer.

Fibrosis quísticas

La ley de fibrosis quísticas había recibido la media sanción de Diputados en noviembre del año pasado. Fue tratada y aprobada en la misma sesión de ayer del Senado. El presidente Fernández apoyo su tratamiento pese a que hubo algunos cuestionamientos por parte de Ginés González García, ministro de Salud de la Nación, quién manifestó que: “Es buena la intención de la iniciativa, que establece que los tratamientos y medicamentos deberán incluirse en el Programa Médico Obligatorio (PMO), pero su difícil cumplimiento, crearía conflictos judiciales”.

En los contenidos de esta ley queda determinado que los pacientes que padezcan esta enfermedad podrán contar con la cobertura total de los estudios de diagnóstico, tratamiento y control de todo lo que tenga relación con la fibrosis quística de páncreas o mucoviscidosis. Se dispone que, estas prestaciones tendrán carácter de cumplimiento obligatorio estas prestaciones y las de atención médica estarán a cargo de las obras sociales y las entidades de medicina prepaga. Incluyen también a los demás órganos que sean afectados como consecuencia de esta enfermedad.                                                                                            Nancy González, senadora del Frente de Todos manifestó: “Con la ley permitirá dar respuestas a las familias que necesitan urgentemente asistencia. Es una deuda del Congreso, donde el tema figura desde el año pasado”. Dalmacio Mera, también del Frente de Todos, sobre las declaraciones del ministro de Salud, dijo:“El ministro no planteó discrepancias con la esencia de la ley”. Por su parte, el senador Bullrich, de la oposición argumentó su abstención a votar la ley, con estas palabras: Las familias que vienen luchando por esta ley merecen nuestro mejor esfuerzo y creo que no estamos a la altura. Podríamos haber sacado un proyecto que realmente responda a las expectativas».

Juan Carlos Marino, de Juntos por el Cambio, afirmó: “Solamente el 18% de los que padecen la enfermedad logran llegar a la adultez. Nacen 400 chicos por año con fibrosis. Los tiempos de la sociedad no son los mismos que los del parlamento, pero no podemos pedirle a la sociedad que respete nuestros tiempos. Para salvar vidas tenemos que adaptarnos a los tiempos de la sociedad».

Donación de plasma

Este proyecto, cuyo objetivo es darle impulso a la creación de una Campaña Nacional para la donación de Plasma Sanguíneo de parte de aquellos pacientes que se han recuperado del COVID-19 en todo el país, fue presentado en la Cámara de diputados por Máximo Kirchner (Frente de Todos) y Cristian Ritondo (PRO),        En el mismo se establecen algunas normativas a los donantes que trabajan en relación de dependencia dispongan de una licencia, por 48 horas, cada vez que realicen una donación de su sangre. También se les garantizará el traslado hacia el lugar de la extracción. Esta ley también habilita que sean reconocidos como «ciudadanos/as solidarios/as destacados/as de la República Argentina». Serán inscriptos en el Registro Nacional de Pacientes Recuperados de Covid-19 Donantes de Plasma (bajo la Ley 25.326 de protección de datos personales). Estará contemplada la capacitación de personal de salud para integra los equipos para estos procedimientos. Se impulsará la investigación sobre este tipo de tratamientos y se garantizará el acceso a la información sobre las especificaciones del tema en particular.

Receta médica electrónica 

Esta iniciativa para la regulación de la prescripción de medicamentos y estudios médicos mediante la utilización de recetas electrónicas, también incluyen la reglamentación y establecimiento de las normativas para la utilización de plataformas digitales que permitan atención médica por teleasistencia y la confección de órdenes de estudio y recetas a distancia incluyendo las firmas que correspondan-

Otra de las características de este sistema es la definición sobre la entrega de los medicamentos y órdenes de estudios allí descritos, en formato electrónico o digital, que deberán ser reconocidos y aceptados en: «los medicamentos descriptos en receta de formato electrónico o digital deberán ser dispensados en cualquier farmacia del territorio nacional, servicios de farmacia de establecimientos de salud y establecimientos del sector salud habilitados para tal fin, acorde a las disposiciones vigentes». 

Mario Fiad, presidente de la comisión de Salud, expreso con estas palabras, su posición frente al tema: «No hay duda de los avances en lo que respecta a la salud digital ya que achican las brechas de inequidades para poder llegar a zonas alejadas, porque muchas veces el factor crítico de la distancia dificulta el acceso a la salud». También marcó algunos detalles que: «serán salvables en la reglamentación, como las que mencionan la entrega de medicamentos en establecimientos habilitados, algo que generó preocupación entre las asociaciones de farmacias”.

Por Francisco Grillo

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