abril 27, 2024
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Un fallo judicial protege al PASAJE MASÓN de la especulación inmobiliaria en la ciudad

El Juez Osvaldo Otheguy, del Tribunal de 1ra Instancia en lo Contencioso y Administrativo de la Ciudad N° 8, hizo lugar a la medida cautelar y ordenó la suspensión del artículo 121 de la ley 6361 y, como consecuencia de ello, también ordenó la suspensión de la construcción del edificio que se está construyendo en el inmueble sito en la calle Mason N° 4435. 

El Tribunal consideró que la incorporación de este artículo en el Código Urbanístico modificando la altura permitida para construir en el Pasaje Masón (de 5 pisos a 10 pisos) no respetó el procedimiento de doble lectura que establece la Constitución de la Ciudad. 

Esta modificación fue incorporada en el recinto durante la segunda aprobación de la Ley N° 6361 y no estuvo presente ni en la aprobación inicial en la ley, ni en la audiencia pública ni en el despacho del proyecto durante la segunda lectura. La Excepción fue incorporada en el último momento violando las instancias de transparencia y participación ciudadana. 

En la misma situación se encontraría el Pasaje Lobería cuya altura máxima de construcción fue modificada conjuntamente con la del Pasaje Masón. 

El abogado de la causa, Jonatan Baldiviezo, fundador del Observatorio del Derecho a la Ciudad y de El Movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos, expresó:

“En la Ciudad de Buenos Aires, existe una inseguridad jurídica muy grave para la ciudadanía. La Legislatura aprueba leyes que no respetan el procedimiento de sanción de leyes que establece la Constitución. Es decir, la ciudadanía no tiene la certeza de que aquello que se publica como ley en el boletín oficial es una ley que respetó el procedimiento constitucional. Ahora el Poder Judicial detectó nuevamente que violaciones claras a la Constitución durante la sanción de una ley. En este caso, se otorgó una excepción inmobiliaria que duplica la altura permitida de construcción en el Pasaje Masón que fue incorporada en el debate parlamentario en el último momento y que, por tal motivo, no permitió a la ciudadanía participar con relación a esta modificación normativa que afecta a unos de los paisajes protegidos como son los pasajes.

Otros ejemplos, de violaciones del procedimiento constitucional de sanción de leyes son la ley que autorizó la venta de Costa Salguero en la Costanera Norte que fue declarada inconstitucional por la justicia, la ley 6179 que autorizaba la venta de 80 hectáreas de tierra pública, una de las leyes que había autorizado la privatización del estacionamiento medido y el servicio de acarreo de autos, la aprobación por ley del convenio urbanístico que autorizó un nuevo puerto madero en la Costanera Sur denominado Costa Urbana, etc.” 

El Código Urbanístico, sancionado por la Legislatura el 20 de diciembre de 2018, dispuso una nueva regulación para las Áreas de Arquitectura Especial N° 26 – Pasajes de la Ciudad. 

El Pasaje Mason N°4401 a 4500, de acuerdo al Código Urbanístico, sancionado en el año 2018 (Ley N° 6099), sería un pasaje categorizado como AE26 al que le correspondía como Unidad de Edificabilidad el distrito USAB 2 por pertenecer al subgrupo N° 2. 

El Código Urbanístico autorizó una altura de 4 pisos más un retiro (USAB 2 = 11,6 + 1 retiro de 3 m de altura). 

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